IMPORTANTES AVANCES EN LA CAUSA ABIERTA CONTRA LA UNIVERSIDAD DE RIO CUARTO POR LA EXPLOSIÓN DE LA PLANTA PILOTO


Mientras que desde COAD desde hace meses estamos participando con equipos especializados en salud mental a nivel epidemiológico, en lo que hace a la atención de los efectos postraumáticos en los compañeros por las seis muertes  ocurridas, como parte de los acuerdos regionales a nivel intersindical; y desde ADIUC Córdoba, los compañeros colaboran con el equipo de abogados compuesto por el Dr. Claudio Orosz (quien además llevó adelante la causa Menéndez por los delitos de lesa humanidad), el Dr. Eugenio Biaffore, y el perito de parte Ing. Jorge Geretto; importante resolución de la Justicia Federal comienza a revertir la perspectiva en que se apuntaba a culpabilizar a las víctimas. Reproducimos la información publicada por diario La Capital de Rosario, chequeada con los compañeros de AGD-UNRC reforzando los vínculos entre las Asociaciones de Base.

 

La Capital, 2 de Septiembre de 2009

Procesan a siete ex directivos universitarios de Río Cuarto

Siete ex directivos de la Universidad Nacional de Río Cuarto (Unrc) fueron procesados ayer por la Justicia federal por estrago culposo agravado, a raíz de las explosiones en una planta piloto de la Facultad de Ingeniería local, ocurridas el 5 de diciembre de 2007, en las que murieron cinco docentes y un alumno.

El juez federal de Río Cuarto, Carlos Ochoa, dictó además la falta de mérito al decano Diego Moitre, quien estaba de licencia cuando ocurrieron las explosiones, y desestimó la acción penal contra Miguel Mattea, director de la investigación y fallecido en las explosiones. Los procesados son Carlos Bortis, ex vicedecano de Ingeniería; José Luis Pincini, ex secretario de coordinación técnica y servicios; Sergio Antonelli, secretario técnico de Ingeniería, responsable de comité de seguridad; Miriam Ferrari, directora del departamento de química; Matilde Ducros, vicedirectora del departamento de química, y los representantes de la empresa De Smet, Javier Boreti y Aníbal De Marco.   La empresa De Smet fue la encargada de proveer el hexano para los ensayos que causaron el accidente. El siniestro le costó la vida al estudiante Juan Politano, de 22 años, y a los investigadores Lilian Giacomelli, de 42; Carlos Ravera, de 64; Damián Cardarelli, de 43; Gladys Baralla, de 52, y Miguel Mattea, de 58.  El 5 de diciembre de 2007 estallaron los tubos de hexano con los que realizaban las investigaciones dentro de la Planta Piloto de la Facultad de Ingeniería.

Convenio.

La firma admitió que dos de los heridos están vinculados con ella. Uno de ellos fue Diego Bonasa, de Verdu SA, de Rosario, subcontratista de la compañía belga y dedicada a montajes industriales. El producto había sido enviado por la empresa De Smet SAIC, filial argentina de De Smet-Ballestra, multinacional belga que reconoció un convenio "de cooperación científica y técnica". En la facultad iban a efectuar ensayos orientados a lograr más eficiencia en el proceso de la extracción de aceite.

Inseguridad

El gremio de docentes universitarios de Río Cuarto ya había denunciado la falta de seguridad en los predios de la institución. En Noviembre de 2005 una explosión en un horno incinerador de la Facultad de Agronomía y Veterinaria de Río Cuarto causó heridas a tres personas y enormes destrozos. En Marzo de 2007, otra explosión afectó al comedor universitario.

http://www.puntal.com.ar/notiPortal.php?id=30507

 

Para el juez, las conductas de los 7 procesados fueron “irreflexivas o ligeras”

Ochoa destacó que ni la Planta Piloto ni las personas estaban preparadas para experimentos de ese tipo.
 

El juez federal Carlos Ochoa, que decidió procesar a 7 de los 8 imputados en la causa por las explosiones en la Planta Piloto, aseguró en sus fundamentos que ni el edificio ni el personal estaban capacitados para realizar un experimento de esa envergadura.

Pero además, destacó que las conductas de los implicados fueron irreflexivas y ligeras.

El funcionario judicial destacó asimismo que fue “un trabajo en un lugar donde no debió haberse realizado, con la presencia e intervención de particulares y la inexplicable omisión en las autoridades universitarias de aquellos controles que habrían detectado a tiempo las falencias en materia de seguridad del ensayo”, explicó.

En un párrafo aparte se refirió puntualmente al grupo de investigación y a los colaboradores de la empresa De Smet al señalar que “el criterio de evaluación de la investigación a realizar, específicamente las relativas al material usado (calidad y cantidad), la nula seguridad del sitio, así como el desarrollo del experimento, fueron equivocados y hasta obstinados; ya sea porque en su decisión y ejecución se infringieron u omitieron elementales pautas técnicas y de seguridad, como también las relacionadas al control, la lógica y el sentido común. Apreciaciones estas últimas que alcanzan a todos aquellos que hayan intervenido en la creación y ejecución del proyecto, sean del sector universitario como del privado involucrado”, aseguró Ochoa.

Para el juez, el hecho ocurrido la mañana del 5 de diciembre de 2007, y que le costó la vida a seis personas, “no se trató de un accidente o fatalidad que puede suceder en el desarrollo de cualquier actividad laboral o investigativa, propio de los riesgos de la vida moderna que vivimos; sino de un criterio imprudente que ocasionó un resultado que no debió acontecer. Se revela luego del análisis de las probanzas receptadas en la causa, que las conductas de todos los involucrados en el hecho investigado fueron irreflexivas o ligeras, situación que no escapa en su sanción para el derecho penal”, advierte.

Y agregó: “Ni el elemento físico ni el humano estaban en condiciones de afrontar un ensayo de esta naturaleza en el que se manipulaba hexano, un elemento por demás sensible, potencialmente susceptible de afectar la seguridad de las personas y la integridad de los bienes de la comunidad universitaria”.

Haciendo foco en el cuestionamiento a la escala del proyecto y la posibilidad de alojarlo que tenía la Planta Piloto, Ochoa indicó que “de haberse evaluado el proyecto correctamente no debería haberse desarrollado en las instalaciones de la Planta Piloto con lo cual se habría evitado el grave resultado producido”.

Finalmente, el juez dejó lugar a una reflexión de cierre: “La única utilidad que encuentro al lamentable suceso, es que nos enseñó que hechos de esta naturaleza no pueden volver a suceder, por lo que exhorto a la comunidad universitaria en general y a las autoridades a su cargo a realizar las debidas autocríticas, extremando y efectivizando las medidas vinculadas a la seguridad, para lo cual deberá darse intervención a los órganos de control internos y externos de que se dispone”, concluyó.

 

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Pincini y Antonelli, los responsables de la seguridad

Para el juez, la conducta negligente de los integrantes del Comité de Higiene y Seguridad "colocó a la Planta Piloto en una situación de riesgo que superaba lo permitido"
 

Tanto José Luis Pincini como Sergio Antonelli eran integrantes del Comité de Higiene y Seguridad de la Universidad Nacional. El primero, además, era el secretario de Coordinación Técnica de la casa de altos estudios y, el segundo, de la Facultad de Ingeniería. “Entre sus funciones como miembros de la citada Comisión de Higiene y Seguridad se encontraba la de relevar lugares y actividades con mayor exposición a riesgos potenciales y aminorar los riesgos e inseguridades, en el caso de Ing. Pincini de todo el predio y edificaciones universitarias, y en lo que atañe al Ing. Antonelli, puntualmente de su área específica de incumbencia, esto es la Facultad de Ingeniería y la Planta Piloto”, señaló Ochoa en su fallo que los encontró finalmente procesados.

“Tanto Pincini como Antonelli tuvieron la posibilidad de “evitar” el hecho que generó la explosión en la Planta Piloto y no lo hicieron, conducta que se revela como palmariamente negligente al no velar por la correcta ejecución de las leyes en materia de Higiene y Seguridad”, agregó el juez.

Para Ochoa, “su conducta negligente colocó a la Planta Piloto y a la mayoría del personal que trabajaba en ella en una situación que superaba el riesgo permitido”, indicó.

El magistrado destacó, asimismo, que “su accionar se agrava por la circunstancia de que su conducta debió haberse tornado “previsible”, ya que al no adoptarse las medidas de seguridad necesarias, se produjo el hecho que motivó el siniestro en la Planta Piloto”.

 

Los fundamentos del procesamiento de las dos docentes

En lo expuesto por el juez Ochoa, se destaca que las docentes, Ferrari y Ducros, "sabían que las experiencias a desarrollar por el grupo de trabajo contenían una alta dosis de peligrosidad"
 

Frente a los cuestionamientos que surgieron desde la Universidad a lo dispuesto por el juez Carlos Ochoa con respecto a la situación procesal de Miriam Ferrari y Edith Ducros, directora y vice del Departamento de Tecnología Química, entre los fundamentos el magistrado destacó que la responsabilidad de ambas docentes era de control sobre los grupos de trabajo, remarcando la dependencia directa de estos equipos. Además, destaca una reunión realizada en noviembre de 2007 para analizar las cuestiones de seguridad especialmente a partir de la instalación del experimento hecho por el equipo de Mattea, a instancias de docentes preocupados por el peligro latente.

Entre los fundamentos expuestos por Ochoa se destacan:
“El Grupo GIDPO dependía directamente de las autoridades del Departamento de Tecnología Química. Se deriva de ello que cualquier proyecto que fuere a emprender el Grupo GIDPO debía “ineludiblemente” ser visado y monitoreado por las autoridades del Departamento”.

“Ferrari y Ducros sabían que las experiencias a desarrollar por el grupo de trabajo comandado por el ingeniero MATTEA contenían una alta dosis de peligrosidad en atención a la cantidad de hexano con que se trabajaría dentro de la Planta Piloto y al especial conocimiento sobre el tema que tienen las nombradas, atento su profesión de ingenieras químicas”.

“Su cargo en la pirámide jerárquica de la Facultad de Ingeniería las coloca en una posición de garantes de la seguridad de las personas y bienes del Estado. Esta situación no puede ser desconocida por las encartadas en razón de que con fecha 15/11/2007, al realizarse la reunión en donde se convocara a los integrantes del Grupo GIDPO y demás docentes e investigadores que participaban en otros proyectos en el ámbito de la Planta Piloto, se puso de manifiesto que existían serios cuestionamientos en materia de seguridad al proyecto comandado por el Ing. Mattea. Esta reunión fue específicamente convocada por las autoridades del Departamento en razón de que varios de los docentes investigadores que trabajaban en las dependencias de la Planta Piloto se mostraban “preocupados”.

“En este sentido, se mantuvieron en silencio, no tomaron medidas al respecto ni tampoco solucionaron los planteos efectuados por el cuerpo docente”.

“Al respecto cabe expresar que su lugar de trabajo estaba a la izquierda del portón en la planta baja de la Planta Piloto”.

“La conducta conscientemente negligente adoptada por las prevenidas las hace plenamente responsables de lo ocurrido en la Planta Piloto. Su aporte a la consumación del hecho no puede soslayarse, no fue menor y tiene suma relevancia”, concluye el juez Ochoa.

http://www.puntal.com.ar/notiPortal.php?id=30509

El caso de Miguel Mattea
 

Pese a que por su fallecimiento no hay acción penal en su contra, el juez Carlos Ochoa destinó varios párrafos de su fallo a la situación del director del grupo GIDPO, Miguel Mattea.

“El inicio, desarrollo y concreción del experimento fue llevado adelante por el Dr. Mattea y su grupo y la empresa De Smet S.A.I.C., toda vez que ese servicio o trabajo ha sido el núcleo desencadenante del siniestro y de las gravísimas consecuencias que trajo aparejadas para la vida, la integridad física y psicológica de personas; la materialidad de bienes y la seguridad de la comunidad universitaria en general”, destaca el fallo.

“Debo advertir que el Dr. Mattea, en su carácter de director del GIDPO, no debió arrogarse la total y excluyente dirección y supervisión de un proyecto de investigación como el que produjera el siniestro, su estatura científica no lo eximía de someterse al control pertinente de las autoridades superiores de la Facultad de Ingeniería”, remarcó Ochoa.

“Tenía obligaciones que asumir y cumplir como docente investigador, no pudiendo ignorar, a pesar de su valiosa trayectoria y solvencia científica, que su proyecto no constituía una isla dentro del ámbito universitario. Su aislamiento, la intervención de una empresa foránea dentro del ámbito universitario, y la falta de control en que incurrieran las autoridades de la Casa de Altos Estudios, le costó su propia vida y la de compañeros de trabajo, amén de los daños materiales y emocionales que se produjeron”, advirtió el juez federal.

http://www.clarin.com/diario/2009/09/02/sociedad/s-01990460.htm

OCURRIO EN 2007 Y MURIERON CINCO DOCENTES Y UN ALUMNO

Procesan a funcionarios por la explosión en la Universidad de Río Cuarto

TRAGEDIA. FUE CAUSADA POR LA EXPLOSION DE TUBOS DE GAS HEXANO.
 

El juez federal de Río Cuarto, Carlos Ochoa, procesó ayer por estrago culposo agravado a siete de los imputados en la causa por las explosiones en la Planta Piloto de la Universidad Nacional de Río Cuarto (UNRC) -el 5 de diciembre de 2007-, donde murieron cinco docentes y un alumno. Son Carlos Bortis, ex vicedecano de Ingeniería; José Luis Pincini, ex secretario de Coordinación Técnica; Sergio Antonelli, secretario técnico de Ingeniería; Miriam Ferrari, directora del Departamento de Química; Matilde Ducros, vicedirectora del departamento; y los empleados de De Smet -la empresa que proveía el gas hexano-, Javier Boretti y Aníbal De Marco.

Ochoa, además dictó la falta de mérito al decano de Ingeniería, Diego Moitre, de licencia el día de la tragedia, y desestimó la acción penal contra Miguel Mattea, director de la investigación, muerto en las explosiones.

El 5 de diciembre de 2007, mientras realizaban investigaciones estallaron los tubos de hexano almacenados en el lugar. Allí murieron el estudiante Juan Politano (22) y los investigadores Lilian Giacomelli (42), Carlos Ravera (64), Damián Cardarelli (43), Gladys Baralla (52) y Miguel Mattea (58).

 

 

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