POR EL 82% MÓVIL
La trampa de la movilidad de las jubilaciones
Por Armando Mouzo
Si algo común de los gobiernos patronales es que mientras se someten al imperialismo y al capital Concentrado, por otro lado atacan a los más débiles. El proyecto de Ley de movilidad de las jubilaciones lo afirma sin tapujos cuando afirma que “No es una situación de emergencia económica y social, la oportunidad más propicia para establecer un régimen de movilidad de las prestaciones provisionales”.
Es decir, que cuando hay una crisis económica que afecta a los más débiles, como es el caso de los jubilados, el kirchnerismo considera que no hay que protegerlos. Si a esto le agregamos que durante este tiempo se le pagó puntualmente al FMI hasta cancelar la deuda –con fondos que en gran parte salieron de los aportes jubilatorios-, que se subsidió a los empresarios de forma creciente, que se implementó una devaluación para favorecerlos, que se les pesificaron las deudas y que se implementó un salvataje a los bancos que efectuaron la fuga de capitales, queda claro la lógica capitalista: que la crisis la paguen los de abajo.
Como afirma Clarín, iEco 03/08/08, “el deterioro de las jubilaciones frente a la inflación fue clave para el pago de los servicios de la deuda, como reclamaban los organismos financieros. Y cuando no alcanzó, en 2001 se aplicó hasta una rebaja nominal del 13% en los haberes como garantía par el pago de la deuda”. Y más adelante prosigue: “También se obligó a las Cajas a financiar a tasas negativas al Tesoro o se aprobaron jubilaciones especiales ‘generosas’ a funcionarios y legisladores. Todo esto en períodos de alta inflación, que licuaron las jubilaciones”. Este es el caso del actual gobierno. Lo reconoce el titular de la ANSeS, en un reportaje en el mismo diario, donde dice que se le prestó al Tesoro “unos $ 4.000 millones en Letras y Bonos y $ 2.000 millones en Lebac del Banco Central”. La tasa de interés de estos “préstamos”, oscila en un 5%. Un verdadero robo.
Dicho proyecto, se vanagloria de haber llevado el mínimo a $ 690, ¡Cómo si algún jubilado pudiera comer y comprar los remedios con esa suma! Y de haber incrementado en un 79% los haberes de menos de $ 1.000, y en un 63% los más altos. Con total caradurez el gobierno afirma que “De esta forma, el PODER EJECUTIVO NACIONAL y ese HONORABLE CONGRESO NACIONAL, han llevado adelante una verdadera política de Estado que permitió en medio de la más grave crisis económica, atender en primer lugar las necesidades más urgentes, asegurando a sus destinatarios los recursos indispensables para su subsistencia”, habría que ver si los padres de los funcionarios o diputados o senadores se las arreglan con $ 690.
El proyecto
• Para que queden bien en claro las cosas, el proyecto le pone un tope a los posibles aumentos jubilatorios, pues afirma que “es necesario que el sistema sea sustentable en el tiempo, por lo que, la segunda parte del índice pone como restricción a los aumentos futuros, el crecimiento de la totalidad de los ingresos de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL”. El artículo 6º, a la vez que afirma que el índice de movilidad se compondrá en un 50% del aumento de los salarios según las mediciones del “INDEK”, y en un 50% de la evolución de los recursos tributarios de la ANSeS. Le fija un máximo de aumento equivalente al 3% de los recursos totales que perciba la ANSeS por beneficiario. Como afirma el matutino mencionado, “De este modo, el Gobierno se asegura que el incremento del gasto provisional no supere el incremento de la recaudación del organismo, y al ser por beneficio, toma en cuenta el crecimiento del padrón de beneficiarios”. Así, si surgen nuevas crisis el gobierno se asegura que los jubilados vuelvan a perder.
• El proyecto de Ley se asegura contra los fallos judiciales, ya que la actualización de los haberes se debe realizar de acuerdo al cálculo mencionado antes, y no a lo que se dicte en dichos fallos.
• A su vez, no contempla la actualización de los haberes mayores al mínimo que sufrieron una pérdida ante la inflación, ya que (como se mencionó antes) tuvieron aumentos inferiores a la misma.
• Tampoco contempla la retroactividad de los aumentos, desconociendo al fallo Badaro de la Suprema Corte de Justicia, que ordenó pagarle al jubilado un haber con una movilidad equivalente al 88,6% del sueldo que tenía cuando era trabajador activo, y además fijó el pago retroactivo desde enero de 2002 a diciembre de 2006 y a partir de ahí, además del 88,6% móvil; que se agreguen los aumentos del 13% de enero de este año y el 12,5% de setiembre.
• Lo mismo ocurre con los docentes e investigadores científicos, a los cuales les corresponde el 82 o 85% móvil del cargo por el que se jubilen o jubilaron, el proyecto no les reconoce la rectroactividad.
• En fallos judiciales se dictaminó que aunque el afiliado nunca hubiese aportado al régimen público, si el haber de la AFJP fuera inferior al haber mínimo, la diferencia debe ser aportada por el Estado. El proyecto nada dice de estos casos.
De esta manera el kirchnerismo, bajo la apariencia de implementar la movilidad de las jubilaciones, en realidad intenta limitar los fallos judiciales que actualizan las mismas, y contemplan la retroactividad de las actualizaciones. Como afirmábamos en una nota anterior, una verdadera estafa a los jubilados.
LVO
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