Por Ruben Tripi
Abogado del CeProDH
El llamado procedimiento preventivo de crisis nace a finales de los 80 con la ley 24013, complementada por distintos decretos de Alfonsín, Menem y De la Rúa.
Según el mecanismo, antes de tomar medidas (contra los trabajadores), las empresas deben previamente comunicarlas (10 días antes) al Ministerio de Trabajo, y a la asociación sindical “con personería gremial” que represente a los trabajadores. Según la ley, deben explicar las causas que ‘justificarían’ suspensiones, reducción de la jornada o despidos, definir si son transitorias o definitivas e individualizar a los trabajadores afectados.
La lógica es que, el Ministerio debe ‘buscar un acuerdo’ mediante audiencias y tiene la facultad de revisar la contabilidad de la empresa, como medida elemental para ver de qué crisis se trata.
La patronal –según la norma- debe pedir este procedimiento (también puede hacerlo el sindicato) cuando se afecta un mínimo del 15 % del personal en empresas de menos de 400 trabajadores; el 10% cuando tiene entre 400 y 1.000 trabajadores y el 5% de cuando tiene más de 1.000.
Durante el lapso de negociación, según la ley el empresario tiene el deber de dar ocupación a sus empleados (si despide o suspende debe reintegrarse al trabajador y pagarse los salarios caídos), y estos no deben efectuar medidas de fuerza. No hay sanción si la patronal toma las medidas antes del procedimiento, aunque si los trabajadores responden con medidas de acción directa, puede declararse la conciliación obligatoria.
Así, es evidente que el preventivo se convierte en un chantaje por el cual las empresas, aduciendo crisis, buscan descargar suspensiones o despidos, o atacar las condiciones laborales. Lejos de una ‘mediación’, se convierte en una maniobra contra los trabajadores.
¿Por qué? Si los trabajadores no admiten pagar la crisis real o supuesta, aceptando el plan empresario para “resolverla” y no se llega a un acuerdo, la patronal está en condiciones de despedir legalmente. De esta manera, el preventivo sirve para despedir de forma consensuada o para habilitar los despidos si no hay consenso. Además, si se llega al acuerdo y este es homologado por el Ministerio, tiene fuerza de convenio colectivo (modificando a la baja el vigente hasta el momento).
La experiencia indica que, generalmente, con las dirigencias gremiales burocráticas, este procedimiento ha sido un mero trámite, donde ante un escrito de la empresa, el sindicato acepta rápidamente, el Ministerio homologa (le da legalidad) y luego se “comunica” a la base el ataque patronal.
Rechazar la maniobra
Contra esta trampa, la organización y movilización de los trabajadores es vital.
En el caso de Zanon la patronal presentó un preventivo de crisis que fue rechazado por los trabajadores que investigaron las ganancias (con la colaboración de estudiantes y profesionales de la universidad regional) y demostraron que el plan patronal era una estafa para aumentar la explotación obrera. Así y todo, los ceramistas tuvieron que salir a luchar decididamente para rechazar este ataque. En el caso de Mafissa el preventivo presentado por la patronal fue rechazado por el propio Ministerio, tras una dura pelea de los trabajadores. Sin embargo, esto no impidió que la patronal llevara adelante su plan ayudado por el propio gobierno que dispuso de 700 policías para desalojar la planta. Ahora en Fate, luego de obtener superganacias, la empresa presenta un preventivo de crisis para que los trabajadores acepten despidos o rebaja salarial. “Para poder seguir funcionando y no se pierdan todos los puestos de trabajo” dirá pronto la empresa. No importa que la empresa haya embolsado en los últimos 5 o 6 años cientos de millones, la empresa alega crisis y aunque no lo demuestre legalmente se la habilita a despedir.
Por eso, hay que rechazar los preventivos de crisis antiobreros, pedir la apertura de los libros de contabilidad de aquellas empresas que aducen crisis, para mostrar a los ojos de todos cuánto han ganado en estos años. Si los empresarios no pueden sostener la producción y los puestos de trabajo, si quieren cerrar o despedir, queda la expropiación de la fábrica y su puesta en funcionamiento bajo gestión obrera como salida para que los trabajadores no paguen las crisis capitalistas.
LVO
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